Las bases orgánicas de 1843.

Este congreso elaboró una nueva Constitución conocida como las Bases Orgánicas proclamándola en junio de 1843 y creando la SEGUNDA República Centralista, estará vigente hasta 1846. Santa Anna gobernó antes y después de ella.

Esta Constitución apoyaba a la iglesia promoviendo la intolerancia y los privilegios, lo mismo con el ejército al que se le dio poder por sobre cualquier institución. Se distinguían de las Siete Leyes porque desaparecían el Supremo Poder Conservador.

(19 de Octubre del 2013, las Bases Orgánicas de 1843, http://blogdehistoriacobach9.blogspot.mx/2010/09/las-bases-organicas-de 1843.html).

Bases orgánicas de 1843.

En 1842 el congreso formuló un proyecto para una nueva Constitución. El diputado Mariano Otero propuso un gobierno republicano, representativo, popular y federal, así como un sistema de representación de las minorías, lo que ocasionó gran descontento de la fracción conservadora que derivó en diversos enfrentamientos que condujeron a que el congreso fuera disuelto. En junio de 1843 se sancionó una nueva Carta Magna a la que se dio el nombre de Bases orgánicas de los Estados Unidos Mexicanos de 1843.

Esta norma fue de corte centralista. Estuvo en vigor sólo tres años y suprimió el supremo poder conservador. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta.

(19 de octubre del 2013, Bases Orgánicas de 1843,http://es.wikipedia.org/wiki/Historia_del_constitucionalismo_mexicano#Bases_org.C3.A1nicas_de_1843).

 

 

 

 

 

La Junta Nacional Legislativa publica una nueva Constitución que sustituye a las Siete Leyes de 1836. El nuevo ordenamiento fue elaborado por una comisión presidida por el general Valencia, y por Sebastián Camacho, Cayetano Ibarra, Manuel Baranda, Manuel de la Peña y Peña, Simón de la Garza y el arzobispo de México.

Según María del Refugio González (Diccionario Jurídico Mexicano): “IV. La Constitución de 1843 está dividida en once títulos, subdivididos por rubros que contienen artículos.

El centralismo tampoco trajo la paz al país y por el contrario sirvió como pretexto para la separación de Texas. La pugna entre los grupos continuó, así como la demanda de un nueva reforma constitucional. Al regresar Santa Anna a la presidencia de la República en 1839, propuso al Congreso la reforma sin esperar el plazo establecido en la Constitución de las Siete Leyes. El Supremo Poder Conservador autorizó al Congreso para que asumiera funciones de Constituyente. En junio de 1840 se encargó a una Comisión de diputados un proyecto de reformas. Pero Santa Anna regresó el poder a Bustamente y el 28 de agosto del año siguiente, junto con los generales Paredes y Valencia suscribió las Bases de Tacubaya, desconociendo a los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Nuevamente Santa Anna fue nombrado presidente y convocó a elecciones, las que tuvieron lugar el 10 de abril de 1842.

El nuevo Congreso integrado en una mayoría por diputados liberales formuló un proyecto de Constitución que fue rechazado; elaboró un segundo proyecto que fue por la Cámara en términos generales, pero rechazado por los conservadores. En diciembre de 1842, Santa Anna se ausentó de la presidencia en tanto un grupo de Huejotzingo desconocía “exitosamente” al Congreso; así pudo ordenar la disolución del mismo y el 6 de enero de 1843 reunir una Junta de Notables, presidida por Nicolás Bravo para que formulara un nuevo estatuto constitucional. El 12 de junio de 1843, la nueva Constitución fue sancionada por Santa Anna, quien con esta maniobra, según Emilio Rabasa (La Constitución y la Dictadura), se ganó al clero por medio de la intolerancia, el fuero y los privilegios; se aseguró a la casta militar también por los privilegios y los fueros, y obtuvo para el partido conservador, “un poder omnímodo brutalmente autorizado en la ley primera de la Nación”.

(19 de octubre del 2013, Las Bases Orgánicas  de 1843, http://www.memoriapoliticademexico.org/Efemerides/6/14061843.html)

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